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Formulario 29

Buenos días!! Hoy escribiré del Formulario 29 que se declara mensualmente en la página del Servicio de Impuestos Internos.


Las empresas nuevas tienen hasta el día 12 del mes siguiente para declarar y pagar.

Las empresas con facturación electrónica tienen plazo hasta el día 20 si tienen que pagar.

Las empresas con facturación electrónica tienen plazo hasta el día 28 si no tienen que pagar.


Estas 3 fechas son clave y lo que te indica cual es el plazo son los documentos tributarios, tales como:


  1. Factura electrónica.

  2. Boletas electrónicas de venta.

  3. Boletas de honorarios electrónicas.

  4. Liquidaciones de sueldo.


Principalmente estos 4 documentos son los que se informan en el Formulario 29 dependiendo de la información que contengan.


Recordemos que para anular documentos de venta se debe emitir una nota de crédito con referencia la factura de venta. También se utiliza para modificar la glosa (descripción del producto) y para hacer descuentos o corrección que disminuye el monto pagado, cómo es el caso de corrección de precios, devolución de productos, corrección de cantidad de productos.


También existe un documento para aumentar el valor de la factura, se llama nota de débito, sirve para agregar productos, aumento de precios y cantidad de productos.


Con los documentos descritos son:

  1. Nota de crédito electrónica.

  2. Nota de débito electrónico.


Las notas de crédito también sirven para eliminar Boletas de ventas electrónicas.


Pronto te escribiré más de estos documentos que debes conocer si vas a emprender.



 
 
 

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